Tercera práctica - Profesor Juan Garazatúa

Tercera práctica - Profesor Juan Garazatúa

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1. Según lo explicado por el profesor, ¿cuándo recién se configura un verdadero sistema registral?

A) Cuando existe un archivo documental y un mecanismo de publicidad informática.
B) Cuando existe registro, publicidad y un régimen jurídico de tutela que produce efectos legales.
C) Cuando el registro es administrado por una entidad pública con acceso digital.

2. ¿Qué diferencia explicó el profesor entre los registros jurídicos y los registros administrativos?

A) Los registros jurídicos producen tutela y protección frente a terceros, mientras que los administrativos cumplen principalmente funciones de control o información.
B) Los registros administrativos carecen totalmente de efectos jurídicos.
C) Los registros administrativos no se encuentran regulados por normas legales.

3. Según el profesor, ¿qué es la publicidad noticia?

A) La protección automática que impide cualquier perjuicio frente a terceros.
B) La garantía de que toda persona conoce efectivamente todas las inscripciones existentes.
C) La información que hace que todos estemos informados de lo que aparece en los contenidos de los asientos de inscripción.

4. ¿Qué relación estableció el profesor entre publicidad y legitimación?

A) La legitimación elimina la necesidad de publicidad registral.
B) La legitimación funciona como correlato de la publicidad porque la información inscrita se presume verdadera.
C) La legitimación solo opera cuando la inscripción se encuentra pendiente de calificación.

5. ¿Cuál es la finalidad abstracta principal del sistema registral según el profesor?

A) Generar seguridad jurídica y fomentar la confianza en la contratación y el tráfico patrimonial.
B) Centralizar información estadística de los bienes inscritos.
C) Facilitar únicamente el control administrativo del Estado sobre los particulares.

6. ¿Qué explicó el profesor sobre la titulación auténtica?

A) El título es solo la causa del derecho y no importa que exista documento.
B) El título es únicamente el asiento registral ya extendido.
C) El acto inscribible debe llegar al registro mediante un documento formal o instrumento que reúna las condiciones para su inscripción.

7. ¿Qué grupo de principios indicó el profesor como principios procedimentales del ingreso al registro?

A) Publicidad, legitimación, inoponibilidad, fe pública y buena fe registral.
B) Rogación, titulación auténtica, legalidad, prioridad y especialidad.
C) Oponibilidad, fe pública, seguridad jurídica y buena fe.

8. Según el profesor, ¿qué ocurre con el petitorio original y la prioridad cuando aparece un título posterior incompatible?

A) El petitorio original genera prioridad e incompatibilidad; por eso lo presentado primero prevalece sobre lo posterior incompatible.
B) La prioridad no importa, porque el registrador puede incorporar después cualquier acto adicional.
C) Siempre es posible modificar libremente la rogatoria aunque ya exista un título incompatible presentado con anterioridad.

9. ¿Qué explicó el profesor sobre la figura del representante en el trámite registral?

A) El representante dejó de tener relevancia y solo el interesado puede intervenir personalmente.
B) Representante e interesado son categorías completamente separadas y jamás pueden actuar indistintamente.
C) El representante ahora es tratado como interesado para efectos legales; actúa en representación del representado y, si existe conflicto, prevalece la voluntad del representado.

10. ¿Qué explicó el profesor sobre la calificación registral y su resultado?

A) Toda calificación concluye con una resolución formal semejante al procedimiento administrativo general.
B) Si la decisión es positiva se genera la inscripción; si es negativa puede dar lugar a observación, tacha, suspensión o calificación inhibitoria.
C) Toda observación equivale a un rechazo definitivo e impide cualquier subsanación posterior.